OLTED, es una institución de derecho privado, sin ánimo de lucro, basada en la libertad de asociación que consagra el artículo 38 de la Constitución Nacional con plena autonomía administrativa, financiera y presupuestal, regida por las leyes de Colombia, que agrupa a todo Concejo Municipal que libre y autónomamente decida hacer parte de ella, funcionando como Unidad de Apoyo Normativo (asesores) de la Corporación Pública.
En esta oportunidad, la Organización se permite poner en conocimiento del Honorable Concejo Municipal nuestro portafolio de servicios para la AFILIACIÓN CORPORATIVA del Concejo Municipal con el fin de que funcionemos como Unidad de Apoyo Normativo para la Corporación durante 365 días calendario. Si ya eres afiliado de OLTED y estás interesado en renovar la afiliación por favor escribirnos al correo electrónico afiliaciones.olted@gmail.com o comunícate al 3227605818.
En la Organización de Líderes Territoriales hemos diseñado dos formas en las que el Concejo Municipal puede realizar su afiliación: La primera forma es mediante Resolución de Presidente o Mesa Directiva CON afectación del Presupuesto del Concejo y la segunda forma es mediante resolución de Presidente o Mesa Directiva pero SIN afectación del Presupuesto del Concejo. Veamos cada una de ellas.
La vinculación del Concejo a la Organización se puede hacer mediante Resolución del Presidente o de la Mesa Directiva del Concejo, en la cual se dispondrá la afiliación del Concejo a la Organización por el término de un año (365 días contados a partir de la fecha de afiliación). Para ello se podrá afectar el presupuesto del concejo municipal a través del siguiente rubro:
Rubro Detalle
2.1.3 Transferencias Corrientes
2.1.3.04 A Organizaciones Nacionales
2.1.3.04.05 A otras Organizaciones Nacionales
2.1.3.04.05.001 Membresías
Características de la Afiliación:
Se hace por resolución de Mesa Directiva. También se puede hacer por Resolución del Presidente.
El pago de la membresía o cuota de afiliación anual se asume con el presupuesto de funcionamiento del Concejo.
No requiere autorización previa de la Plenaria del Concejo.
Los beneficios de la afiliación inician desde el momento de la comunicación de la resolución de afiliación, independientemente de cuando se realice el pago.
La afiliación, por tratarse de una membresía anual para pertenecer como asociado de la Organización, se paga a través de una transferencia corriente del rubro "Membresías" razón por la cual no se le aplican descuentos o retenciones.
Si no se cuenta con el rubro de "Membresías" en el Presupuesto del Concejo se crea mediante resolución del Presidente y se le realiza el traslado.
La afiliación no es un convenio o un contrato y en consecuencia no requiere trámite contractual ni se publica en el SECOP.
En aplicación del artículo 71 del decreto 111 de 1996, para expedir el acto administrativo de afiliación y asumir el pago de la membresía anual, se debe previamente expedir el Certificado de Disponibilidad Presupuestal. Así mismo, una vez expedida la resolución de afiliación se debe expedir el correspondiente Certificado de Registro Presupuestal.
Cumplidos los 365 días de duración de la afiliación, el Presidente o la Mesa Directiva del Concejo que se encuentre de turno podrá decidir si renueva la afiliación o si se desvincula de la Organización.
La vinculación del Concejo a la Organización también se puede hacer mediante Resolución de Mesa Directiva del Concejo, en la cual se dispondrá la vinculación del Concejo a la Organización por el término de un año (365 días contados a partir de la fecha de afiliación). En el presente caso, la afiliación se hace sin afectar el presupuesto del Concejo y los recursos del valor de la afiliación lo aportarían directamente los Concejales.
Quiere decir que en esta forma de afiliación el Concejo genera el vinculo como asociado de OLTED a través de la Resolución que expide la Mesa Directiva pero no realiza el pago con recursos del Concejo sino con recursos propios aportado por uno o varios Concejales interesados en realizar la vinculación.
Características de la Afiliación sin afectación del Presupuesto del Concejo:
Se hace por resolución de Mesa Directiva o Presidente pero sin afectar el presupuesto del Concejo para el pago de la membresía o cuota de sostenimiento anual de afiliación.
El pago de la membresía o cuota de afiliación anual se asume con recursos propios del concejal o concejales interesados en realizar la afiliación.
Tiene los mismos servicios y beneficios que la Afiliación Corporativa con afectación presupuestal.
No requiere de trámite de expedición de Certificado de Disponibilidad Presupuestal ni de Registro Presupuestal.
Cumplidos los 365 días de duración de la afiliación, la Mesa Directiva del Concejo que se encuentre de turno podrá decidir si renueva la afiliación o si se desvincula de la Organización.
Se remite factura electrónica a nombre de algún Concejal para efectos de que se realice el pago del valor de la afiliación.
No requiere autorización previa de la Plenaria del Concejo.
Los beneficios de la afiliación inician desde el momento de la comunicación de la resolución de afiliación, independientemente de cuando se realice el pago.
No es un contrato o un convenio.
1. Resolución Crea Rubro y Traslado: Verifique si dentro del presupuesto del Concejo tiene creado el rubro de "Membresías". Si no lo tiene creado expida la resolución de creación del rubro y traslado. Descargue el Modelo Aquí.
2. Oficio de Solicitud de CDP: Si ya tiene el rubro "Membresías" asegúrese que cuenta con la apropiación necesaria para realizar el pago del valor anual de afiliación. Solicite al área encargada el Certificado de Disponibilidad Presupuestal. Descargue el modelo Aquí.
3. Resolución de Afiliación: Teniendo el CDP, ahora si es procedente expedir la resolución mediante la cual la Mesa Directiva o el Presidente del Concejo decide afiliar a la Corporación como asociado y miembro activo de Líderes Territoriales OLTED. Descargue el Modelo Aquí.
4. Oficio de Solicitud RP: Expedida la resolución de afiliación y con el fin de registrar la obligación de pago, se debe expedir el Certificado de Registro Presupuestal por parte del área encargada. Descargue el modelo Aquí.
5. Oficio de Remisión de Afiliación: Hecho lo anterior, corresponde ahora notificar la afiliación a OLTED. Para ello se envía por correo electrónico un oficio junto con una copia de la Resolución de Afiliación. El oficio va acompañado de una información necesaria para brindar un excelente servicio. Descargue el modelo Aquí.
6. Directiva de Afiliado y Cuenta de Cobro: Una vez OLTED reciba el correo con la copia de la resolución de afiliación, hacemos el registro del Concejo como afiliado activo y desde ese momento pueden acceder a todos los servicios así no se haya hecho aun el pago de la afiliación. Posteriormente la oficina contable de OLTED hará llegar al Concejo todos los documentos necesarios para tramitar el pago de la afiliación.
1. Resolución de Afiliación: Como el valor de la afiliación no se pagaría con presupuesto del Concejo, no es necesario expedir CDP ni tener creado el rubro de membresías. Es por ello que se procedente a expedir la resolución mediante la cual la Mesa Directiva o el Presidente del Concejo decide afiliar a la Corporación como asociado y miembro activo de Líderes Territoriales OLTED y en la resolución queda establecido que el pago del valor de afiliación se realizará con recursos propios de los Concejales. Descargue el modelo Aquí.
2. Oficio de Remisión de Afiliación: Expedida la resolución, corresponde ahora notificar la afiliación a OLTED. Para ello se envía por correo electrónico un oficio junto con una copia de la Resolución de Afiliación. El oficio va acompañado de una información necesaria para brindar un excelente servicio. Descargue el modelo Aquí.
3. Directiva de Afiliado y Cuenta de Cobro: Una vez OLTED reciba el correo con la copia de la resolución de afiliación, hacemos el registro del Concejo como afiliado activo y desde ese momento pueden acceder a todos los servicios así no se haya hecho aun el pago de la afiliación. Posteriormente la oficina contable de OLTED emitirá y remitirá la Directiva de Afiliado y una factura a nombre de cualquiera de los Concejales afiliados, la cual permitirá que se realice el pago con recursos propios de los Concejales mediante consignación o transferencia por cualquiera de nuestros medios de pago.
El valor anual de afiliación que el Concejo Municipal debe pagar a la Organización de Líderes Territoriales para el Desarrollo, Capítulo Concejales, según la categoría a la que pertenezca el municipio se detalla en la siguiente tabla: